Colección parcial de cuatro instrumentos; fuentes y revisión limitadas a la publicación registrada. No acredita actualidad.

LRITF · Artículo 15

Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera

Cita estable: urn:lex-mx:federal:statute:lritf:article:15. Publicación: c305db4a3cfb408b76c13431e26beda72d5ce665046c95783fab36507354c969.

Estado registrado: effective; revisión: machine_accepted. No acredita vigencia.

Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Recuperada: 2026-07-12T06:57:26.609663Z. Reforma registrada en esa fuente: 2025-11-14; no es una comprobación de actualidad.

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Texto completo

Las actividades destinadas a poner en contacto a personas del público en general, con el fin de que entre ellas se otorguen financiamientos mediante alguna de las Operaciones señaladas en el siguiente artículo, realizadas de manera habitual y profesional, a través de aplicaciones informáticas, interfaces, páginas de internet o cualquier otro medio de comunicación electrónica o digital, solo podrán llevarse a cabo por las personas morales autorizadas por la CNBV, previo acuerdo del Comité Interinstitucional, como instituciones de financiamiento colectivo.

Referencias expresas registradas