Colección parcial de cuatro instrumentos; fuentes y revisión limitadas a la publicación registrada. No acredita actualidad.

LRITF · Artículo 145

Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera

Cita estable: urn:lex-mx:federal:statute:lritf:article:145. Publicación: c305db4a3cfb408b76c13431e26beda72d5ce665046c95783fab36507354c969.

Estado registrado: effective; revisión: machine_accepted. No acredita vigencia.

Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Recuperada: 2026-07-12T06:57:26.609663Z. Reforma registrada en esa fuente: 2025-11-14; no es una comprobación de actualidad.

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Las notificaciones a que se refiere este Título surtirán sus efectos al día hábil siguiente al que:

I. Se hubieren efectuado personalmente;

II. Se hubiere entregado el oficio respectivo en los supuestos previstos en los artículos 135 y 140;

III. Se hubiere efectuado la última publicación a que se refiere el artículo 141, y

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