Colección parcial de cuatro instrumentos; fuentes y revisión limitadas a la publicación registrada. No acredita actualidad.

LRITF · Artículo 127

Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera

Cita estable: urn:lex-mx:federal:statute:lritf:article:127. Publicación: c305db4a3cfb408b76c13431e26beda72d5ce665046c95783fab36507354c969.

Estado registrado: effective; revisión: machine_accepted. No acredita vigencia.

Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Recuperada: 2026-07-12T06:57:26.609663Z. Reforma registrada en esa fuente: 2025-11-14; no es una comprobación de actualidad.

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Texto completo

Serán sancionados con prisión de dos a diez años y multa de 5,000 a 150,000 UMA a quien por sí o a través de un tercero, difunda, publique o proporcione al público de la ITF o sociedad autorizada para operar con Modelos Novedosos, información falsa o alterada o que induzca al error.

La misma sanción resultará aplicable a los solicitantes de financiamiento colectivo o a los miembros del consejo de administración, directivos, funcionarios o empleados de dichos solicitantes, que se ubiquen en el supuesto del párrafo anterior al proporcionar información falsa o que induzca al error a la ITF o sociedad autorizada para operar con Modelos Novedosos.

Referencias expresas registradas