Colección parcial de cuatro instrumentos; fuentes y revisión limitadas a la publicación registrada. No acredita actualidad.

LIC · DECIMOTERCERO

Ley de Instituciones de Crédito

Cita estable: urn:lex-mx:federal:statute:lic:transitory:decimotercero. Publicación: c305db4a3cfb408b76c13431e26beda72d5ce665046c95783fab36507354c969.

Estado registrado: unknown; revisión: not_analyzed. No acredita vigencia.

Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Recuperada: 2026-07-12T08:06:03.378039Z. Reforma registrada en esa fuente: 2025-11-14; no es una comprobación de actualidad.

SHA-256 fuente: 98225a423eaa3dc47c9ec4ddb49ef8b188ed7f8e7e9ef17323a1c33e47e4284d. SHA-256 texto: 754104efb04b3ad48703ea8995e631401741d17b4b47022ebd9467f817f1976b.

Texto completo

Las actuales instituciones de banca múltiple, y el Banco Obrero, S.A., se entenderán autorizados para operar como instituciones de crédito en los términos de esta Ley.

Banco Obrero, S.A., en un plazo de ciento ochenta días, contados a partir de la fecha de entrada en vigor de esta Ley, someterá a la aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el proyecto de modificaciones a sus estatutos sociales, y solicitará la adecuación a los términos señalados en este Ordenamiento, del acto administrativo al amparo del cual funciona.

Referencias expresas registradas