LIC · Artículo 206
Ley de Instituciones de Crédito
Cita estable: urn:lex-mx:federal:statute:lic:article:206. Publicación: c305db4a3cfb408b76c13431e26beda72d5ce665046c95783fab36507354c969.
Estado registrado: effective; revisión: machine_accepted. No acredita vigencia.
Fuente: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Recuperada: 2026-07-12T08:06:03.378039Z. Reforma registrada en esa fuente: 2025-11-14; no es una comprobación de actualidad.
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Texto completo
Todas las propuestas que se realicen en un procedimiento de enajenación deberán cumplir con los requisitos que se establezcan en las bases del procedimiento correspondiente.
Artículo adicionado DOF 10-01-2014