DCG-ITF-2018 · Artículo 91
Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de tecnología financiera
Cita estable: urn:lex-mx:federal:regulation:itf-dcg-2018:article:91. Publicación: c305db4a3cfb408b76c13431e26beda72d5ce665046c95783fab36507354c969.
Estado registrado: unknown; revisión: not_analyzed. No acredita vigencia.
Fuente: Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Recuperada: 2026-07-12T06:56:00.440428Z. Reforma registrada en esa fuente: 2026-07-06; no es una comprobación de actualidad.
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Texto completo
Las instituciones de financiamiento colectivo que realicen Operaciones de Financiamiento Colectivo de Deuda de Préstamos Empresariales entre Personas y para el Desarrollo Inmobiliario, deberán revelar por cada Solicitud o proyecto de financiamiento, en adición a las fracciones I a IX del artículo 90 anterior, la información correspondiente al tipo de financiamiento colectivo de que se trate, según se detalla en el Anexo 15 de estas disposiciones.