{"schema_version":"public-retrieval-v1","release":{"id":"c305db4a3cfb408b76c13431e26beda72d5ce665046c95783fab36507354c969","corpus_commit":"d2ab64d61ecfe103cc2a2980c5d04ed63c20bb7a","fixture":false},"result":{"kind":"article","data":{"provision":{"id":"urn:lex-mx:federal:statute:lritf:article:105","instrument":{"slug":"lritf","id":"urn:lex-mx:federal:statute:lritf","title":"Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera","short_name":"LRITF"},"provision_type":"article","number":"105","label":"Artículo 105","text":"La violación a las obligaciones a que se refiere el artículo 58 de esta Ley o a las disposiciones que se emitan al respecto será sancionada por la Comisión Supervisora conforme al procedimiento previsto en la presente Ley, con multa equivalente del 10% al 100% del monto del acto, Operación o servicio que se realice con un Cliente que se haya informado que se encuentra en la lista de personas bloqueadas; con multa equivalente del 10% al 100% del monto de la Operación inusual no reportada, o en su caso, de la serie de Operaciones relacionadas entre sí del mismo Cliente que debieron haber sido reportadas como Operaciones inusuales; o bien, con multa equivalente en moneda nacional de diez a cien mil veces el valor de la UMA, en el caso de cualquier otro incumplimiento a dicho precepto y a las disposiciones que de él emanen.\n\nLas sanciones a que se refiere el párrafo anterior podrán ser impuestas a las ITF y sociedades autorizadas para operar con Modelos Novedosos, así como en su caso, a sus miembros del consejo de administración, administradores, directivos, funcionarios, empleados, factores y apoderados respectivos y a las personas físicas y morales que, en razón de sus actos, hayan ocasionado o intervenido para que dichas sociedades incurran en la irregularidad o resulten responsables de la misma. Sin perjuicio de lo anterior, la CNBV, respecto de ITF podrá proceder conforme a lo previsto en el artículo 62 de esta Ley, en los casos que corresponda.\n\nLas Comisiones Supervisoras y el Banco de México podrán abstenerse de sancionar a las ITF, Entidades Financieras y sociedades autorizadas para operar con Modelos Novedosos, siempre y cuando se justifique la causa de tal abstención de acuerdo con los lineamientos que para tales efectos emitan dichas Autoridades Financieras, y se refieran a hechos, actos u omisiones que no revistan gravedad, no exista reincidencia, no se cuente con elementos que permitan demostrar que se afecten los intereses de terceros o del propio sistema financiero y no constituyan delito.\n\nSe considerarán conductas graves:\n\nI. Proporcionar a la autoridad o a los Clientes información falsa o que dolosamente induzca al error, por ocultamiento u omisión;\n\nII. Utilizar el dinero, fondos de pago electrónico o activos virtuales de los Clientes para fines distintos a los pactados;\n\nIII. Realizar actividades y Operaciones no autorizadas;\n\nIV. Omitir presentar el documento en el que se establezcan las medidas y procedimientos, en términos del artículo 58, fracción I de esta Ley;\n\nV. No reportar actos, Operaciones o servicios o por omitir presentar algún reporte a la Secretaría, por conducto de la CNBV, en términos del artículo 58, fracción II de esta Ley;\n\nVI. No contar con sistemas automatizados o por omitir establecer el comité de comunicación y control u omitir designar a un oficial de cumplimiento conforme a lo establecido en el artículo 58, tercer párrafo, fracciones V y VI;\n\nVII. Realizar Operaciones con algún Cliente que se encuentre en la lista de personas bloqueadas a que se refiere el artículo 58 de esta Ley; VIII. Exceder los límites de operación a que están sujetas las ITF conforme a la presente Ley, y\n\nIX. Incumplir con lo señalado en el artículo 55 de esta Ley cuando se incumplan los requerimientos de capital.","text_sha256":"afbddb52fab80fcbdbd54a3140a1a4ce4e42b1ae9fc1bb969682bc86feb0fb36","source":{"official_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LRITF.pdf","publisher":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión","retrieved_at":"2026-07-12T06:57:26.609663Z","source_sha256":"d6f645e6a7d3c2eeb46905d4d24ecd8e078907057dc034cda715abf019ce8491","recorded_reform_date":"2025-11-14"},"temporal_status":"effective","review_status":"machine_accepted"}}}}