{"schema_version":"public-retrieval-v1","release":{"id":"c305db4a3cfb408b76c13431e26beda72d5ce665046c95783fab36507354c969","corpus_commit":"d2ab64d61ecfe103cc2a2980c5d04ed63c20bb7a","fixture":false},"result":{"kind":"article","data":{"provision":{"id":"urn:lex-mx:federal:statute:lic:transitory:decimoprimero","instrument":{"slug":"lic","id":"urn:lex-mx:federal:statute:lic","title":"Ley de Instituciones de Crédito","short_name":"LIC"},"provision_type":"transitory","number":"decimoprimero","label":"DECIMOPRIMERO","text":"En tanto se modifican las leyes orgánicas de las instituciones de banca de desarrollo, las remisiones expresas contenidas en dichos ordenamientos relativas a preceptos específicos de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito que se abroga, se entenderán referidas a los artículos correspondientes de la presente Ley.\n\nLa Secretaría de Hacienda y Crédito Público, procederá a realizar los trámites conducentes a modificar los reglamentos orgánicos de las sociedades nacionales de crédito, instituciones de banca de desarrollo, a fin de adecuarlos a los términos de este Ordenamiento, en un plazo de ciento ochenta días contados a partir de la entrada en vigor de esta Ley.\n\nLas sociedades nacionales de crédito, instituciones de banca de desarrollo, que no cuenten con ley orgánica se regirán por esta Ley y por las disposiciones administrativas que dicte la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en tanto el Congreso de la Unión expide las leyes orgánicas respectivas.","text_sha256":"c24c229049dd3617e9f5b3a42686e0fc549e2eec1c01e6db971e9c487a12e228","source":{"official_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIC.pdf","publisher":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión","retrieved_at":"2026-07-12T08:06:03.378039Z","source_sha256":"98225a423eaa3dc47c9ec4ddb49ef8b188ed7f8e7e9ef17323a1c33e47e4284d","recorded_reform_date":"2025-11-14"},"temporal_status":"unknown","review_status":"not_analyzed"}}}}