{"schema_version":"public-retrieval-v1","release":{"id":"c305db4a3cfb408b76c13431e26beda72d5ce665046c95783fab36507354c969","corpus_commit":"d2ab64d61ecfe103cc2a2980c5d04ed63c20bb7a","fixture":false},"result":{"kind":"article","data":{"provision":{"id":"urn:lex-mx:federal:statute:lic:article:24-bis-2","instrument":{"slug":"lic","id":"urn:lex-mx:federal:statute:lic","title":"Ley de Instituciones de Crédito","short_name":"LIC"},"provision_type":"article","number":"24-bis-2","label":"Artículo 24 Bis 2","text":"El consejo de administración deberá constituir un comité de remuneraciones cuyo objeto será la implementación, mantenimiento y evaluación del sistema de remuneración a que se refiere el artículo 24 Bis 1 de la presente Ley, para lo cual tendrá las funciones siguientes:\n\nI. Proponer para aprobación del consejo de administración las políticas y procedimientos de remuneración, así como las eventuales modificaciones que se realicen a los mismos;\n\nII. Informar al consejo de administración sobre el funcionamiento del sistema de remuneración, y\n\nIII. Las demás que determine la Comisión Nacional Bancaria y de Valores mediante disposiciones de carácter general. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores señalará mediante disposiciones de carácter general, la forma en que deberá integrarse, reunirse y funcionar el comité de remuneraciones. En estas disposiciones, la referida Comisión podrá establecer los casos y condiciones en los que el comité de riesgos de la institución de crédito podrá llevar a cabo las funciones del comité de remuneraciones.\n\nAsimismo, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de acuerdo a los criterios que determine en las disposiciones de carácter general a que se refiere este artículo, podrá exceptuar a las instituciones de banca múltiple de contar con un comité de remuneraciones.\n\nArtículo adicionado DOF 10-01-2014","text_sha256":"fe7f3c36ac6a35437ecd981286dc0c2c5079848e504967b2b5c733b22e49d6bf","source":{"official_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIC.pdf","publisher":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión","retrieved_at":"2026-07-12T08:06:03.378039Z","source_sha256":"98225a423eaa3dc47c9ec4ddb49ef8b188ed7f8e7e9ef17323a1c33e47e4284d","recorded_reform_date":"2025-11-14"},"temporal_status":"effective","review_status":"machine_accepted"}}}}